Los programas de educación financiera que desarrollen las instituciones controladas, deberán cumplir como mínimo, con los siguientes objetivos:
Ayudar a sus clientes y público en general a conocer las características, comprender las ventajas y desventajas, así como los riesgos y el buen uso de los productos y servicios financiero, así como las cláusulas esenciales de los contratos que tenga por objeto tales productos y servicios.
Verificar que al cliente se le proporcione de manera transparente, clara y completa la información que le permita la comprensión especialmente la relacionada con compromisos que asumiría a largo plazo con consecuencias potencialmente significativas o servicios financieros.
Fomentar el desarrollo de la capacidad de los usuarios de los servicios financieros para analizar información y adoptar decisiones debidamente informadas.
Orientarse hacia el desarrollo de la capacidad financiera, hacia grupos específicos cuando sea necesario, haciéndolos tan personalizados como sea posible.
Mejorar el acceso a los servicios financieros de los diferentes grupos poblacionales.